Abogado si llevan ante un médico a una persona que se enfrentó a balazos a la policía y este no lo reporta ante el Ministerio Público ¿está cometiendo algún delito el médico al no reportarlo?
COMENTARIO JURIDICO:
Para entender esto tendremos que explicar en qué consiste el encubrimiento no configurado por atención médica.
No incurre en el delito de encubrimiento, previsto en nuestro Código Penal, el médico que atiende a un lesionado que requiere sus servicios, extrayéndole una bala, si no hay prueba que demuestre que hubiera prestado “auxilio o cooperación de cualquier especie al autor de un delito, con conocimiento de esta circunstancia, por acuerdo posterior a la ejecución del citado delito”; tanto más si el lesionado y sus acompañantes engañaron al médico diciéndole que había sido herido en un asalto de que fueron víctimas, siendo que las constancias del expediente aparece que fue herido al sostener un enfrentamiento con la policía, y el hecho de que el médico no hubiera dado aviso al Ministerio Publico de esa circunstancia, no configura el tipo de encubrimiento pues no es lo mismo proporcionar auxilio a un herido o lesionado, que dar auxilio a un delincuente, a sabiendas de que lo es.
Si sabe que es un delincuente tiene la obligación de informar al Ministerio Público.
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