A propósito de la reciente conmemoración del Día Internacional de la Mujer, es importante visibilizar, abundar y reiterar la jerarquía de la perspectiva de genero en la justicia mexicana. De ahí que hablar de “Juzgar con perspectiva de género” no sea un tema de moda o producto de una ocurrencia política, se trata de una obligación impuesta por el derecho internacional que los jueces en México tienen que atender para evitar sentencias discriminatorias que agravien a las mujeres.
Aquí, esta presente nuevamente el derecho y la justicia internacional, así como la acción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ha orillado a otros países, incluido a México a modificar sus legislaciones locales o bien a emitir protocolos que eviten la desigualdad.
Fue en 2013, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó la primera edición del Protocolo para juzgar con perspectiva de género. Un documento elaborado para atender las medidas de reparación ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en los casos González y otras (Campo Algodonero), Fernández Ortega y otros, y Rosendo Cantú y otras, todos contra México, ante la gravedad y la sistematicidad de la violencia contra las mujeres en nuestro país, teniendo el propósito de materializar un método razonado que incorporara la categoría del género al análisis y valoración de los encargados de impartir justicia.
Es así como en 2013, se formalizó en un documento emanado de la Suprema Corte de México un primer ejercicio de reflexión sobre cómo juzgar aquellos casos en los que el género tiene un papel trascendente en las controversias, para originar un impacto diferenciado en las personas que participan en ella, particularmente mujeres y niñas. Un desafío al que se enfrentó la justicia en México. Lograr el entendimiento de que los litigios, procesos e injusticias siempre tendrán un mayor impacto cuando se trata de mujeres.
Para aquellas fechas, el Protocolo representó un impacto total para las y los juzgadores. Un paradigma en la impartición de justicia. Fue en ese mismo año, en 2013, cuando ese protocolo fue retomado en el amparo directo en revisión 2655/2013, primer criterio del Poder Judicial de la Federación (PJF) XVI en el que la Primera Sala del Tribunal en México estableció las bases metodológicas para juzgar con perspectiva de género.
Así de esa manera, se inició en la justicia mexicana, la construcción de una auténtica doctrina constitucional sobre el tema que, poco a poco, fue permeando al resto del Poder Judicial de la Federación y que como cascada se construyó como una obligación en todo el país. Hoy, los logros alcanzados por ese documento son notorios. Con posterioridad la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió múltiples sentencias en materia de derechos humanos y género, ponderando la igualdad, la no discriminación y la erradicación de la violencia de género.
Hoy en 2023, los avances y logros son significativos, pero aún falta mucho por construir, son muchas de las veces, los propios abogados postulantes o litigantes quienes se resisten a sentencias o actuaciones con perspectiva de género. Recientemente la ministra Ana Margarita Ríos Farjat reconoció la lucha de las personas que, pese a su dolor, litigan sus casos en todas las instancias judiciales hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y logran resoluciones que sientan precedentes que benefician a toda la sociedad.
Ríos Farjat ha llamado a las mujeres en un discurso reciente, a reiterar la discriminación histórica a la que se han visto sujetas por su condición de género al momento de impartirles justicia, para que así cada día sea más visible la importancia de juzgar con perspectiva de género y destacó que hoy en día, las mujeres juzgadoras pueden brindar testimonio de las carencias que han vivido las generaciones de mujeres que las precedieron — y a las que se deben —, lo que les permite poder ver por la mejor justicia posible en cada caso.
La desigualdad sigue siendo un gran pendiente, de ahí la necesidad de redoblar la tarea de Juzgar con perspectiva de género, una gran tarea de la Suprema Corte, quien no puede distraerse en politiquería, porque su responsabilidad y compromiso es con la ciudadanía.
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