La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que cuando el titular de una cuenta bancaria reporte retiros no reconocidos o autorizados, mediante el uso de su tarjeta de débito, los bancos deberán reembolsar las cantidades retiradas.
En en caso de no hacerlo, la institución bancaria deberá pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso en que incurra, a razón del 6 por ciento, así lo confirmó el máximo órgano judicial en México.
Esto debido a que en el contrato de apertura de cuenta incluye que el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entrega el depositante, de acuerdo con la SCJN.
‘El reembolso de cargos no reconocidos por el titular de una tarjeta de débito, vinculada a una cuenta de depósito de dinero abierta en una institución bancaria, sí constituye una obligación a cargo de ésta como depositaria; pues aunque detenta la propiedad del dinero incurre en negligencia en la conservación de los fondos entregados para ser retirados a la vista por el depositante’, se leyó en la publicación.
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