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SAT: ¿Cómo saber si tengo que hacer declaración anual?

Las personas físicas están obligadas a presentar la declaración anual en 2024 ante el SAT

México | 2024-03-13 | José Ríos
SAT: ¿Cómo saber si tengo que hacer declaración anual?
Diario del IstmoDiario del Istmo

Empleados, obreros, asistentes, cajeros, trabajadores en diferentes servicios, personas que laboran en dependencias gubernamentales y los “Godínez”, como se le llama en México a las personas oficinistas, probablemente se están preguntando si pueden o deben hacer la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en este 2023.

Los asalariados son personas contratadas por uno o varios empleadores, quienes reciben del patrón un sueldo o salario y una factura electrónica de nómina por cada pago que se realice al trabajador.

Las personas físicas están obligadas a presentar la declaración anual en 2024 ante el SAT, sin embargo, si eres una persona que está en el régimen de sueldos y salarios, es decir, eres asalariado, podrías no estar obligado a presentar la declaración ante la autoridad fiscal.

De acuerdo con el SAT, están obligadas a presentar la declaración anual las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, con excepción de los exentos y por los que se haya pagado el impuesto definitivo.

Quienes sí deben hacerlo, sin excepción, son las que cumplen con las siguientes condiciones:

  • Si obtuvo otros ingresos acumulables, por ejemplo honorarios, por arrendamiento, etc.
  • Quienes hayan percibido ingresos anuales superiores a 400 mil pesos
  • Aquellos que recibieron ingresos de dos patrones, aún cuando en conjunto no sean mayores a 400 mil pesos
  • Si durante el año se percibieron ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación
  • Si se solicitó al patrón por escrito que no presente la declaración anual del colaborador
  • Si se dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año que se trate

Para los contribuyentes a quienes les corresponde cumplir con la declaración anual existen algunos conceptos que pueden ser deducibles de impuestos por ejemplo:

  • Lentes ópticos graduados para corregir la vista
  • Gastos de colegiatura propios o de hijos solo hasta nivel bachillerato.
  • Honorarios médicos, incluyendo especialidades como psicología, nutrición y odontología.
  • Gastos hospitalarios, análisis clínicos y medicinas incluidas en las facturas de hospitales, primas de seguros de gastos médicos mayores.
  • Gastos funerarios de un familiar en línea directa.
  • Aportaciones voluntarias a planes personales de Retiro (AFORES)
  • Intereses reales de créditos hipotecarios
  • Donaciones a instituciones autorizadas para recibir donativos

¿Cuándo un asalariado NO está obligado a presentar la declaración anual en 2023?

Si percibiste ingresos sólo por salarios, podrás no presentar la declaración anual, sin que se considere como una infracción, siempre y cuando:

  1. Hayas obtenido ingresos exclusivamente por salarios de un sólo empleador, siempre que no exista ISR a cargo.
  2. En su caso, hayas obtenido ingresos por intereses nominales que no excedan los MXN$20.000 en el año y que provengan de instituciones que componen el sistema financiero.
  3. El empleador haya emitido el CFDI por concepto de nómina respecto de la totalidad de los ingresos por salarios.

La facilidad de no presentar la declaración anual no aplica si tuviste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral en el ejercicio fiscal 2022, o bien, si estás obligado a informar en la declaración del ejercicio, los préstamos, donativos y premios por exceder en lo individual o en su conjunto de MXN$600.000.

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