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CFE: ¿se hará entrega de dinero por saldo a favor en el recibo de luz?, esto es lo que sabemos

Hay gastos que simplemente no se pueden dejar a un lado y uno de ellos es el pago del recibo de la luz de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

México | 2025-01-17 | Fabián Pamplona
CFE: ¿se hará entrega de dinero por saldo a favor en el recibo de luz?, esto es lo que sabemos
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Hay gastos que no puedes dejar de lado y uno de ellos es el pago de la luz a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y aunque este a veces puede ser elevado debes tener en cuenta que la CFE también puede devolver parte del depósito.

Hay gastos que simplemente no se pueden dejar a un lado y uno de ellos es el pago del recibo de la luz de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Este dinero puede ser en efectivo o abonando a tu cuenta como adeudo, lo que podrías ver como saldo a favor en el registro del consumo de energía eléctrica de tu hogar, esto si cumples con los requisitos para aplicar en el presente mes de enero.

Ten en consideración que la Comisión puede devolverte el efectivo o bien, abonarlo a tu cuenta como un ajuste a la facturación del servicio de una verificación, lo que quiere decir, por un fallo en el registro del consumo de los medidores, esto con base en los registros bimestrales de la CFE.

¿Cómo puedo pedir la devolución de mi dinero a la CFE?

El trámite para pedir que te regresen el dinero se denomina ‘Devolución por ajuste a la facturación producto de una verificación’, y que se efectúa en las ventanillas de Atención a Clientes, siendo un proceso gratuito y que te solicita los siguientes requisitos para poder aplicar:

  • Escrito libre de solicitud de devolución de importe determinado a favor del cliente, donde indique si se devuelve el dinero en efectivo o se pide una bonificación de saldo a cuenta del recibo de luz.
  • Para personas físicas, se debe presentar copia de identificación oficial vigente, en caso de no ser el titular deberá presentar en original carta poder simple firmada, que incluya dos testigos y copia de identificación oficial vigente del otorgante, del tramitador y de los testigos.
  • Las personas morales deben acudir con copia de identificación oficial vigente del apoderado legal y copia del poder notarial vigente para actos de administración.
  • Si el importe que se devuelve es mayor a 2,000 pesos, se debe anexar a la solicitud el documento que confirme los datos de la cuenta bancaria del cliente (carátula del estado de cuenta o la app de la institución bancaria en la que se visualice la CLABE interbancaria o la carta emitida por la institución bancaria), para que se deposite el dinero.
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