La Colectiva Brujas del Mar pide a las autoridades estatales aclarar por qué en el primer trimestre de 2022 se han abierto 11 carpetas por el delito de aborto en Veracruz.
De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se iniciaron 7 investigaciones en febrero mientras que para marzo fueron 4.
Cabe destacar que, desde la despenalización del tipo penal en Veracruz en julio de 2021, la Fiscalía ha abierto 22 carpetas por dicho delito.
En septiembre de 2021, dos meses después de la despenalización, se abrieron 2 carpetas de investigación en la entidad; para octubre fueron 5 investigaciones; en noviembre y diciembre se iniciaron 4 indagatorias más, dos cada mes.
En total, durante 2021 se acumularon 25 investigaciones por el delito de aborto en Veracruz y en 2020 fueron 22.
Arussi Unda, voz de las Brujas del Mar, recordó que desde el año pasado se despenalizó la interrupción legal del embarazo hasta las 12 se manas de gestación, de ahí la necesidad de informar sobre dichos casos.
“Cómo se van a implementar campañas educativas, que van de la mano también con un programa de acceso global de anticonceptivos, de educación sexual integral, es un todo, no es como despenalizar el aborto y ya.
“Ahora estamos viendo que lamentablemente las preocupaciones se están materializando desde que haya mujeres procesadas por el delito de aborto”, señaló.
Recordó que los cambios al Código Penal permiten acompañamiento psicológico y el otorgamiento de información a mujeres.
Añadió que el Gobierno o la Fiscalía General deben de transparentar el tema y por qué se abrieron las 11 investigaciones en este 2022.
La despenalización del aborto tuvo lugar en julio de 2021, cuando el Congreso del Estado realizó modificaciones al Código Penal de Veracruz.
Concretamente se trata de la reforma de los artículos 149, 150, 151, 153 y 154; así como la derogación del 152 que castigaba con penas de seis meses a cuatro años de cárcel y multa de hasta 50 días de salario a quien interrumpiera su embarazo.
Las modificaciones a la ley modernizan las causales del delito de aborto a partir de los tres meses, 12 semanas de gestación. Igualmente se estableció que el aborto será delito si se realiza en contra de la voluntad de la mujer embarazada.
De manera específica el artículo 151 indica que el aborto forzado, es decir, quien interrumpa el embarazo de una mujer sin el consentimiento de ella, en cualquier momento de la gestación, sí será un delito.
“En este caso, el delito de aborto forzado podrá ser sancionado en grado de tentativa, en los términos dispuestos por el presente Código. A quien hiciera abortar a una mujer sin su consentimiento se le impondrán prisión de tres a diez años y multa de hasta cien días de Unidad de Medida de Actualización. Si se empleare la violencia física o moral, las sanciones serán de seis a quince años de prisión y multa hasta de ciento cincuenta días de Unidad de Medida de Actualización”, señala la modificación al Código.
A la fecha se desconoce si esta última causal es la que ha dado pie a la apertura de las carpetas de investigación.
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